Preámbulo

La plataforma MUNICIPIA, desarrollada por Cybertropic, SRL, reconoce que la transformación digital de los gobiernos locales debe realizarse colocando al ciudadano en el centro de todas las decisiones tecnológicas.

En una era marcada por la automatización, el análisis masivo de datos y la Inteligencia Artificial (IA), los ayuntamientos tienen la responsabilidad de garantizar que las tecnologías utilizadas respeten la dignidad humana, la transparencia institucional, la privacidad, la inclusión y los principios democráticos.

La presente Carta de Derechos Digitales y Uso Ético de la Inteligencia Artificial de MUNICIPIA establece los principios, garantías y compromisos que orientan el diseño, desarrollo, implementación y operación de las soluciones tecnológicas de la Plataforma Municipia y sus ecosistemas asociados.

Esta carta se inspira en:

  • La Constitución de la República Dominicana.
  • La Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios.
  • La Ley 200-04 de Libre Acceso a la Información Pública.
  • Las normas de Gobierno Digital y NORTIC.
  • Los principios internacionales sobre derechos digitales, protección de datos y ética de la Inteligencia Artificial.
  • Las recomendaciones de organismos multilaterales sobre IA responsable y gobernanza digital.

Capítulo I — Principios Generales

Artículo 1 — Centralidad del Ciudadano

Toda tecnología implementada en MUNICIPIA deberá priorizar el bienestar, los derechos y la dignidad de las personas por encima de cualquier interés tecnológico, comercial o automatizado.

Artículo 2 — Tecnología al Servicio del Bien Público

La transformación digital municipal deberá utilizarse para:

  • Mejorar los servicios públicos.
  • Fortalecer la transparencia.
  • Facilitar la participación ciudadana.
  • Incrementar la eficiencia administrativa.
  • Promover el desarrollo humano y territorial.

Artículo 3 — Inclusión Digital

MUNICIPIA promoverá el acceso universal a los servicios digitales municipales, evitando barreras:

  • Económicas
  • Tecnológicas
  • Educativas
  • Geográficas
  • Generacionales
  • Cognitivas
  • De discapacidad

Artículo 4 — Neutralidad Tecnológica

La plataforma favorecerá estándares abiertos, interoperabilidad y compatibilidad tecnológica, evitando dependencias abusivas o restricciones que limiten la soberanía digital institucional.

Capítulo II — Derechos Digitales de los Ciudadanos

Artículo 5 — Derecho a la Privacidad Digital

Toda persona tiene derecho a que sus datos personales sean tratados con:

  • Confidencialidad
  • Seguridad
  • Legalidad
  • Proporcionalidad
  • Finalidad específica

MUNICIPIA implementará mecanismos de protección de datos y control de accesos conforme a buenas prácticas internacionales de ciberseguridad.

Artículo 6 — Derecho a la Transparencia Algorítmica

Los ciudadanos tienen derecho a conocer cuando una decisión, recomendación o clasificación haya sido generada o apoyada por sistemas automatizados o Inteligencia Artificial.

La plataforma procurará explicar de forma clara:

  • Qué procesos utilizan IA.
  • Qué información se analiza.
  • Qué impacto puede tener sobre el ciudadano.

Artículo 7 — Derecho a la Supervisión Humana

Las decisiones críticas relacionadas con derechos ciudadanos, sanciones, multas, permisos, beneficios, evaluaciones, servicios sociales, fiscalización o seguridad ciudadana deberán contar con supervisión y validación humana.

La IA no sustituirá la responsabilidad institucional ni el criterio administrativo legítimo.

Artículo 8 — Derecho a la No Discriminación Algorítmica

MUNICIPIA se compromete a evitar sesgos discriminatorios basados en:

  • condición social
  • género
  • discapacidad
  • edad
  • religión
  • ideología
  • ubicación territorial
  • origen étnico
  • condición económica
  • afiliación política
  • u otras condiciones humanas protegidas.

Artículo 9 — Derecho al Acceso Digital Municipal

Los ciudadanos tendrán derecho a acceder digitalmente a:

  • servicios municipales
  • trámites
  • pagos
  • consultas
  • denuncias
  • información pública
  • participación ciudadana
  • seguimiento de solicitudes

a través de canales seguros y accesibles.

Artículo 10 — Derecho a la Seguridad Digital

MUNICIPIA implementará medidas razonables de:

  • ciberseguridad
  • monitoreo
  • auditoría
  • respaldo
  • continuidad operativa
  • protección contra accesos no autorizados

Capítulo III — Uso Ético de la Inteligencia Artificial

Artículo 11 — IA Responsable

La Inteligencia Artificial utilizada en MUNICIPIA deberá operar bajo principios de:

  • legalidad
  • transparencia
  • trazabilidad
  • seguridad
  • explicabilidad
  • supervisión humana
  • proporcionalidad
  • responsabilidad institucional

Artículo 12 — Prohibición de IA Abusiva

No se utilizará Inteligencia Artificial para:

  • vigilancia masiva injustificada
  • manipulación política
  • discriminación automatizada
  • persecución ideológica
  • alteración fraudulenta de información pública
  • violación de privacidad
  • generación de desinformación
  • prácticas que afecten derechos fundamentales

Artículo 13 — Identificación de Contenido Generado por IA

Cuando sea técnicamente viable, MUNICIPIA procurará identificar contenidos generados total o parcialmente mediante IA, especialmente en:

  • asistentes virtuales
  • respuestas automatizadas
  • generación documental
  • avatares digitales
  • contenidos multimedia institucionales

Artículo 14 — IA como Herramienta de Apoyo

La IA será utilizada como herramienta de asistencia y apoyo a funcionarios, técnicos, ciudadanos, analistas y gestores municipales, sin reemplazar completamente el juicio humano en procesos críticos.

Artículo 15 — Protección frente a Errores Automatizados

Los ciudadanos podrán solicitar revisión humana de decisiones automatizadas que consideren incorrectas, injustas o perjudiciales.

Capítulo IV — Participación y Soberanía Digital

Artículo 16 — Participación Ciudadana Digital

MUNICIPIA promoverá mecanismos digitales para:

  • consultas públicas
  • presupuestos participativos
  • reportes ciudadanos
  • encuestas
  • cabildos digitales
  • auditoría social
  • colaboración comunitaria

Artículo 17 — Alfabetización y Ciudadanía Digital

La plataforma promoverá programas de:

  • educación digital
  • ética tecnológica
  • seguridad informática
  • ciudadanía digital
  • uso responsable de IA
  • protección de datos

Artículo 18 — Soberanía y Gobernanza de los Datos

Los datos municipales deberán gestionarse bajo principios de:

  • soberanía institucional
  • integridad
  • trazabilidad
  • acceso autorizado
  • preservación histórica
  • responsabilidad administrativa

Capítulo V — Compromisos Institucionales

Artículo 19 — Seguridad y Mejora Continua

MUNICIPIA mantendrá procesos permanentes de:

  • actualización tecnológica
  • auditorías
  • mejora continua
  • fortalecimiento de seguridad
  • revisión ética de funcionalidades

Artículo 20 — Cumplimiento Normativo

La plataforma procurará alinearse con:

  • normativas nacionales vigentes
  • estándares internacionales
  • políticas de Gobierno Digital
  • normas NORTIC
  • buenas prácticas de ciberseguridad
  • principios internacionales sobre IA ética

Artículo 21 — Transparencia Institucional

Las entidades usuarias de MUNICIPIA deberán procurar un uso transparente y responsable de las herramientas digitales y de Inteligencia Artificial puestas a su disposición.

Disposición Final

La presente Carta constituye una declaración de principios orientada a fortalecer una transformación digital municipal:

humana inclusiva transparente segura democrática ética sostenible

MUNICIPIA reafirma así su compromiso con el desarrollo de un modelo de Municipio Inteligente 4.0, donde la tecnología y la Inteligencia Artificial estén siempre al servicio de las personas y del fortalecimiento institucional de los gobiernos locales.

Elaborado para:

Plataforma MUNICIPIA — Ecosistema de Transformación Digital Municipal

Desarrollado por: Cybertropic, SRL

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